Como se recordará, la Comisión de Fronteras fue establecida y financiada parcialmente por las Naciones Unidas de conformidad con el Acuerdo de Paz de Argel.
Como cabe recordar, en el Acuerdo de Argel se previó el establecimiento de una zona de seguridad temporal que comprendería 25 kilómetros cuadrados del territorio de Eritrea.
Será esencial que el Consejo tome medidas concertadas y decididas para conseguir la plena aplicación de los acuerdos de Argel y restablecer la paz entre los dos países.
Respecto de la diferencia entre Etiopía y Eritrea, invitamos a ambas partes a respetar plenamente los Acuerdos de Argel y aplicar la decisión de la Comisión de Fronteras.
A ese respecto, la existencia de la zona de seguridad temporal terminaría cuando la Comisión de Fronteras terminara su labor dentro de un plazo establecido de conformidad con los Acuerdos de Argel.
En su carta hizo hincapié en que esto no podía considerarse un “mecanismo alternativo” porque en los Acuerdos de Argel se prevé que la decisión de la Comisión sea definitiva y vinculante.
Cuando se adoptó la decisión de delimitación, las dos partes la aceptaron y la delimitación de la frontera conexa, como estaban por cierto obligadas a hacerlo en virtud del Acuerdo de Argel.
En ese mismo orden de ideas, insto a los testigos del Acuerdo de Argel a que desempeñen una función más concertada, con miras a ayudar a que se rompa este prolongado y peligroso estancamiento.
El Consejo de Seguridad no puede detener el proceso de demarcación imponiendo condiciones previas que no están basadas de manera alguna ni en los Acuerdos de Argel ni en los principios generales del derecho internacional.
Insto a Eritrea a que se ponga en contacto con mi enviado especial y a que le otorgue la cooperación necesaria que le permita facilitar la aplicación del Acuerdo de Argel y la decisión de la Comisión de Fronteras.