1.La oradora señaló que algunas organizaciones internacionales empleaban otros criterios, como desgravaciones fiscales, y sugirió que la Comisión debería analizar esas opciones.
2.La liberalización del comercio, mediante la eliminación de aranceles, la desgravación de las inversiones extranjeras y la privatización del abastecimiento de agua y electricidad, podían tener efectos negativos en las mujeres.
3.En el caso del país utilizado en la comparación, se aplicaban distintos tramos fiscales según el estado civil, y se concedía al contribuyente una exención personal por cada miembro de su familia.
4.Sin embargo, esta medida no está prevista en el Pacto y no podía ponerse en práctica en casos en que las estimaciones concretas de las bases imponibles no pudiesen aumentarse con retroactividad.
5.También señaló que, con arreglo al régimen actual, los funcionarios casados y solteros recibían la misma remuneración bruta y que las diferencias de sueldo neto se debían a los distintos importes de las contribuciones del personal.
6.El Ministerio de Recursos Humanos aumentó a 400 dólares mensuales las exenciones de ingresos acordadas a las personas con discapacidad y a 300 dólares mensuales las correspondientes a las personas que se enfrentan a múltiples obstáculos persistentes para el empleo.
7.No se garantizará que sean exhaustivas las pruebas reunidas para fundamentar el crédito aplicable contra el pasivo del cliente correspondiente al impuesto sobre los ingresos brutos en razón de los cargos que hubiera pagado a sus proveedores por concepto de ese impuesto.
8.La cuantía de las contribuciones de los funcionarios sin cónyuge ni hijo a cargo es igual a la diferencia entre los sueldos brutos de las diferentes categorías y escalones y los sueldos netos correspondientes a la tasa para funcionarios sin familiares a cargo.
9.Haidera que, junto con sus coacusados, pagaran al Banco la suma de 888.881.097 dirhams de los Emiratos Árabes Unidos como indemnización por los daños incurridos desde la fecha de la malversación hasta que se hubiera terminado de pagar la suma completa, incluidos los impuestos.
10.Sin embargo, la imposición de impuestos idénticos a los viajeros frecuentes, cuyo uso privado de un vehículo de servicio no superaba los 1.000 km por año, sólo habría tenido por resultado un aumento de los impuestos para ese grupo sin mejorar la situación del autor.
11.Respecto de la afirmación del autor de que la jurisprudencia de la Corte Suprema le impedía recuperar la suma en que su evaluación fiscal excedía la imposición de otros viajeros frecuentes, cuyo uso privado de un vehículo de servicio no superaba los 1.000 km por año, el Estado Parte afirma que el párrafo 3 del artículo 2 no garantiza un resultado concreto del recurso existente.