2.Cuando esto se señaló al "juez sentenciador", aquél respondió que no tenía conocimiento de ello y que no era motivo suficiente para inhibirse de conocer del asunto.
3.En segundo lugar, el Estado Parte sostiene que el asunto rebasa el ámbito de aplicación del Pacto, ya que se refiere a las medidas cautelares del Presidente (a quien el autor denomina "juez sentenciador").
4.El Tribunal declaró que le estaba terminantemente prohibido hacer una nueva valoración de los hechos que la sentencia de primera instancia consideraba indicios ya que esta función, en virtud de la ley, correspondía exclusivamente al tribunal sentenciador.
5.Por otra parte el Tribunal Supremo evaluó si se había o no violado la presunción de inocencia del autor procediendo a constatar que existían indicios de culpabilidad en su contra, que estos indicios eran plurales, concomitantes y estaban interrelacionados y que el razonamiento utilizado por el tribunal sentenciador para derivar la responsabilidad del autor de estos indicios no era arbitrario puesto que se basaba en reglas de lógica y experiencia.